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Legislación Internacional vinculada al Síndrome de Harry Benjamin
 


Copyright @ 2012, Charlotte Goiar.

Todos los Derechos Reservados


 
 
 

 



 ¡ IMPORTANTE AVANCE EN ESPAÑA !
 

[
Charlotte Goiar: Sentencia TSJG]
[Actualizado el 18 de Junio de 2012]

 


 
¡ IMPORTANTE AVANCE EN EUROPA !



 

Las cirugías de adecuación sexual como hemos visto en esta página son un derecho a la salud adquirido.

Hemos observado como muchos países niegan que la Salud Pública las realice. Ante esto es necesario abrir largos expedientes Judiciales pues se produce un grave deterioro de la salud de la persona reclamante.

Incluso se ha dado el caso que Jueces que por
cuestiones dogmáticas (ajenas a la Medicina) o ignorancia y desconocimiento en la materia, han negado dichas autorizaciones solicitadas en las demandas que han sido bién fundamentadas desde los hechos y derechos, que han terminado en apelación en las Cortes Superiores o Internacionales que a al final terminan fallando favorablemente.


Las preguntas que surgen ante estos hechos son:


¿Es necesario llegar a un extremo de demanda Judicial o apelación para un derecho adquirido donde está en juego la salud de la persona?

¿Es necesario el desgaste de la persona como ser humano y cargar el sistema judicial con un nuevo juicio cuando corresponde al sistema sanitario implementar este tipo de cirugías de adecuación sexual como necesarias para la salud habiendo tenido la persona todos sus diagnósticos que demuestran que se encuentra apta para las mismas?


Es importante conocer aparte de la numerosas jurisprudencias y doctrinas nacionales al respecto que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos  ya ha dado su fallo favorable a que este tipo de intervenciones sean cubiertas gratuitamente por los Estados nacionales, y ha creado la jurisprudencia necesaria para ser aplicada en el derecho internacional comparado en el caso 29002/06 Schlumpf v. Switzerland cuyo fallo reconoce el derecho de una paciente con Síndrome de Harry Benjamin (vulgarmente conocido como "transexualismo") a ver cubiertos los gastos de su Cirugía de Adecuación Sexual condenando a Suiza además al pago de una indemnización por demora y costas, pues contraviene normas fundamentales de la Convención Europea de Derechos Humanos.
 

Alejandra Victoria Portatadino

Observadora de Derechos Humanos

Miembro del Área Jurídica de la CHA

ONG inscripta al Alto comisionado de Derechos Humanos de la ONU

 



La  documentación  jurídica  recogida  en  esta  página  contiene  diferentes  leyes  y  normativas internacionales relacionadas con el Síndrome de Harry Benjamin, presentadas cronológicamente, y se incluyen algunos estudios de derecho comparado sobre la legislación existente.

Es necesario Adobe Reader para poder abrir y leer la mayoría de los documentos presentados a continuación.  



 
BÉLGICA 2007. Ley Relativa al Transexualismo. Langue: Français.
 
 
FINLANDIA 2002. Ley de Confirmación de Género. Language: English.

NUEVA ZELANDA 1995. Ley concerniente al Registro de Certificados de Nacimiento tras Cirugía de Asignación o Reasignación Sexual. Language: English.

AUSTRIA 1993. Normativa concerniente al Transexualismo. Language: English. Auch auf Deutsch.

AUSTRALIA 1988. Ley Reguladora de los Procedimientos de Reasignación de la Identidad Sexual. Language: English.

TURQUÍA 1988. Ley de Corrección de Género. Language: English.
 
HOLANDA 1985. Ley de Asignación de Género. Language. English. Ook in het Nederlands.
 
ITALIA 1982. Ley de Rectificación de Atribución del Sexo. Language: English.

ALEMANIA 1980. Ley de determinación de la Afiliación Sexual en casos especiales (Transssexuellengesetz). Language. English.

SUECIA 1972. Ley de Confirmación de Género en ciertos casos. Language: English. (traducción de Sueco a Inglés, exclusiva para esta web)
 
 
 
 


 
 


       
 
             La situación de las personas afectadas por SHB en España.


En recientes Sentencias del Tribunal Supremo de España que deniegan el derecho sanitario de las personas afectadas por SHB se produce una clara violación del artículo 14 de la Constitución Española, por cuanto es inadmisible que pacientes aquejados por la misma dolencia se vean discriminados para obtener tratamiento para su SHB en razón de su lugar de residencia.

Asímismo el Real Decreto 1302/2006
 
(BOE n. 270 de 11/11/2006), dice:

"Se reconoce a todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud el derecho a acceder a las prestaciones sanitarias en condiciones de igualdad efectiva y con independencia del lugar del territorio nacional en el que se encuentren.", derogando por tanto el anterior real decreto del año 2005 que excluía explícitamente la cobertura del tratamamiento integral del Síndrome de Harry Benjamin, vulgarmente conocido como "transexualismo".
 
Más aún, resulta inexplicable como en un pais cuya legislación actual contempla el derecho a la rectificación registral completa del nombre y sexo de la persona en su partida de nacimiento, deje las cosas a medias, y no reconozca jurídicamente el derecho a la cirugía correctiva genital de estos hombres y mujeres que nacieron (según consta en su partida de nacimiento) como hombres y mujeres propiamente dicho. Más concretamente en casos de Síndrome de Harry Benjamin cuya necesidad de tratamiento integral resulta claramente vital para la vida y la salud de la persona.
 
Insistimos, si medimos el grado de civilización de un pais de acuerdo con su grado de integración de los derechos fundamentales de sus minorias sociales más vulnerables y discriminadas históricamente, especialmente aquellas afectadas por condiciones médicas como en el caso que nos ocupa, nos encontramos en que vivimos en un pais tercermundista.
 
No es es este el caso de la vasta mayoría de los paises de nuestro entorno europeo que tienen implementado el tratamiento integral del Síndrome de Harry Benjamin, siendo Suecia el primero en legislar sobre esta materia hace ya ni más ni menos que hace cuarenta años, ofreciendo tratamiento sanitario integral del Síndrome de Harry Benjamin por su Sistema Nacional de Salud de forma casi automática, sin largas listas de espera, limitaciones y una alta calidad de prestación ofrecida a sus pacientes. Además desde 1972 Suecia rectifica registralmente el nombre y el sexo de la persona afectada de Síndrome de Harry Benjamin en su Certificado de Nacimiento. Lo mismo ocurre en otros paises de nuestro entorno europeo desde recientes décadas, excepto en España.
 
 


 

 
 
 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 
 

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